julio 20 2023 0Comment

Se prorroga el plazo para pedir compensación por la suspensión de los desahucios

Desde abril del 2020 muchos jueces, dando respuesta a las indicaciones adoptadas por el Gobierno de España, comenzaron a suspender algunos desahucios. Una medida adoptada en plena crisis de la COVID-19 que afecta, y puede seguir haciéndolo, a propietarios con viviendas en alquiler.

La explicación de esta suspensión radica en la búsqueda de protección a familias en riesgo de vulnerabilidad económica. Los magistrados pueden suspender el lanzamiento si entienden que estas familias no tienen alternativa habitacional a la que ir.  

Sin embargo, los propietarios afectados por esta suspensión tienen el derecho de pedir una compensación económica a la Administración. Así lo establecía el Real Decreto 37-2020. Para ello, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) aprobó un procedimiento específico para reclamar esta compensación, que ahora ha sufrido modificaciones.

El pasado 29 de junio, en concreto, entró en vigor el Real Decreto-ley 5/2023, que amplió hasta el 31 de diciembre de 2023 la suspensión de los procedimientos y lanzamientos. En consecuencia, se extiende hasta el 31 de enero de 2024 el plazo para solicitar la compensación recogida en el RD-L 37/2020. Este plazo vencía el 31 de julio de 2023, pero ahora queda prorrogado seis meses más.

Tal y como explicamos anteriormente, los propietarios que quieran ejercer este derecho deberán tener a mano una serie de documentos. Entre otros elementos, se solicita el DNI del solicitante, datos de la cuenta bancaria para recibir la compensación, justificación de por qué se pide esta reclamación y el contrato de alquiler, así como cualquier otro documento válido que justifique la renta pactada.

Una vez esté hecha la presentación, la Administración competente en cada caso tendrá tres meses para notificar esta resolución, sin que se pueda extender este plazo. Las solicitudes que se presenten fuera de tiempo, es decir, más allá del día 31 de enero, serán inadmitidas o desestimadas por el órgano competente.