junio 01 2023 0Comment

¿Cómo declarar el alquiler de un piso en la Declaración de la Renta? 

Como cada año, unos meses antes del verano, el Ministerio de Hacienda y Función Pública ha abierto el plazo para presentar la Declaración de la Renta. Este año, el periodo establecido es desde el 11 de abril y hasta el próximo 30 de junio. Presentarla es obligatorio para quienes, en 2022, superaron los 22.000 euros en ingresos, o los 14.000 si tuvieron dos pagadores. 

Una de las preguntas que tienen muchos propietarios de pisos en alquiler es si deben o no registrar esta propiedad en la declaración, si deben pagar algo o si, en cambio, pueden desgravar. De acuerdo con lo dictado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, todos los propietarios de viviendas alquiladas están obligados a informar de las rentas percibidas por el dicho alquiler en su declaración. 

En este sentido, el Estado premia a aquellos propietarios que tienen una vivienda en alquiler a través de una deducción en su declaración. En concreto, el propietario puede deducirse el 60% de las cantidades cobradas menos los gastos que sean deducibles. A esta cantidad se le llama rendimiento neto de su piso en alquiler. 

Entre los gastos deducibles se encuentran gastos de comunidad, administración y derramas (así como otros como jardinería y conserjería), además de los seguros que protejan la vivienda (como seguros de hogar, de alquiler etc.). 

En la declaración también se pueden incluir impuestos y tasas, como la de basuras o alumbrado. Este tipo de gastos deben incluirse en la casilla 0015 de la declaración. En el caso de que sea el propietario de la vivienda en alquiler quien pague los suministros de la casa, como el agua, luz o la wifi, también los puede deducir. En resumen, se puede afirmar que los propietarios pueden deducirse toda la cantidad de dinero que se utilice para arrendar la casa. 

Otra de las vías para que el propietario de una vivienda en alquiler pueda aplicarse deducciones en la declaración es la mejora en materia de eficiencia energética de dicha vivienda en alquiler. Según las mejores que se cometan, se deduce un porcentaje diferente. Las más bajas son las de mejoras en la demanda de calefacción y refrigeración (un 20% del IRPF sobre el coste de la instalación), y las más altas, en cambio, las relacionadas con la rehabilitación energética de edificios (un 60% del IRPF sobre el coste de la instalación).

Puedes consultar toda la información en el siguiente vídeo.